CIUDADANOS PUEDEN ENTREGAR NUEVA PROYECCIÓN DE GASTOS PERSONALES EN JULIO Y AGOSTO
Con la finalidad de transparentar las deducciones para el cálculo de Impuesto a la Renta y optimizar el proceso de retenciones a las personas que laboren bajo relación de dependencia, el Servicio de Rentas Internas informó a la ciudadanía que aquellas personas que consideren que su proyección de gastos personales será diferente a la originalmente presentada, podrán entregar a sus empleadores durante los meses de julio y agosto, el nuevo formulario de gastos personales para la deducción de Impuesto a la Renta.
Esta información debe contener el concepto y monto real de los valores correspondientes a cada uno de los gastos personales desde enero hasta julio, y el valor estimado o proyectado para el resto del año 2020. Los valores deberán estar dentro de los límites establecidos por la Ley en los rubros de vivienda, educación, alimentación, vestimenta y salud.
Los límites máximos permitidos por cada clase de gasto son los siguientes:
| RUBRO | Límite año 2020 |
| Vivienda | $3.677,38 |
| Educación, Arte y cultura | $3.677,38 |
| Alimentación | $3.677,38 |
| Vestimenta | $3.677,38 |
| Salud | $14.709,50 |
Cabe recordar que el límite total no puede exceder el 50% de los ingresos gravados de la persona, pero tampoco puede superar las 1,3 veces el valor de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta, es decir los 14.709,50 dólares.
Finalmente, debe considerarse para quienes hayan tenido la reducción de horas de trabajo y por ende de su remuneración, estos nuevos valores igualmente deberán ser reportados en el mismo formulario.
Las personas cuyo valor deducido por gastos personales sea mayor al 50% de la fracción básica, deberán considerar la realización del respectivo anexo durante el mes de febrero de 2021.